Vid. çavalachen, zabalachén, zavalchen, zavalaquén
Eguilaz y Yanguas (1886) también recoge este término:
Más completa la explicación de zavalachén la encontramos en la Historia de la legislación y recitaciones del derecho civil de España de Marichalar y Manrique (1863) en la sección de Aragón:
"En los pueblos donde habia sarracenos tenian su juez llamado Zavalachen, de Zaval que quiere decir señor, y achen, juicio. Este juez ejecutaba las sentencias que proferia; citaba á juicio, y prescribia toda la tramitacion de los negocios entre moros. Desempeñaba las funciones de escribano, de modo que ningun otro sarraceno pudiese otorgar instrumento público, á no que el Zavalachen tuviese autorizacion del rey para delegar este derecho; pero las cartas dotales siempre deberian otorgarse por el Zavalachen. De las sentencias, provisiones y agravios que este infiriese, podian apelar los moros al juez de los cristianos , quien deberia entender de todo, siguiendo el fuero sarraceno. En algunos puntos llamaban alcayde al Zavalachen. Existia además un oficial ó juez inferior llamado Alamín, ó sea Fiel. Este debia entender de todos los negocios menores de dos sueldos y hacia en el tribunal del Zavalachen el oficio de ugier y sayon. Investigaba además los débitos de los moros por tributos reales, para hacerlos efectivos".